La Superintendencia de Industria y comercio impuso en septiembre, dos sanciones por violaciones al régimen de libre competencia económica
El valor
monetario de las medidas alcanzó los 7.000 millones de pesos
La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, impuso sanciones en dos investigaciones administrativas a Avianca relacionadas con restricciones a la libre competencia y, además, confirmó una sanción por violación al régimen de condicionamientos en materia de integraciones empresariales.
El valor
monetario de las medidas alcanzó los 7.000 millones de pesos.
La entidad confirmó una sanción contra Avianca por 4.102 millones de pesos y a Price Res (882 millones) por violación de condicionamientos en torno a una operación de integración empresarial.
En 2018,
esta Superintendencia autorizó una operación de integración entre Avianca y
Price Res para prestar los servicios de agencia de viajes a través de la marca
Avianca Tours.
En su
momento, la SIC condicionó la operación al cumplimiento de unos condicionamientos
y se estableció que Avianca no podía ofrecer ni suministrar tiquetes aéreos
nacionales o internacionales aplicando condiciones discriminatorias que
pusieran a los competidores de Avianca Tours en una situación desventajosa.
Avianca y
Price Res no cumplieron
Pero, la
Superintendencia en un trámite de solicitud de explicaciones, pudo demostrar
que Avianca y Price Res incumplieron esa condición, pues Avianca ofreció
promociones y un bono de 150.000 pesos a los clientes que realizaran compras de
tiquetes aéreos en su página web (Avianca.com), pero este únicamente podía ser
redimido en Avianca Tours (negocio operado conjuntamente por las sancionadas),
en compras de paquetes turísticos que tuvieran un valor superior a 2'500.000 o
3'000.000 pesos.
Con ese
comportamiento, se pudo constatar que Avianca usó su posición en el mercado de
transporte aéreo para apalancar Avianca Tours, aplicando condiciones
discriminatorias a sus competidores e incumpliendo el condicionamiento fijado
en la Resolución No. 60515 de 2018.
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